Es una operación mercantil mediante la cual una persona -física o moral- llamada fideicomitente, destina ciertos bienes a la realización de un fin lícito determinado, encomendando ésta a una Institución de Crédito (Art. 381 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).
OBJETO DE UN FIDEICOMISO: Toda clase de bienes y derechos de propiedad del fideicomitente, salvo aquellos que, conforme a la Ley, sean estrictamente personales de su titular Art. 386 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).
FIN DEL FIDEICOMISO: Aquél que se destina al objeto, que debe ser lícito y determinado.

¿Quiénes conforman un fideicomiso?
FIDEICOMITENTE: Persona física o moral que constituye un fideicomiso para destinar ciertos bienes o derechos a la realización de un fin lícito y determinado y encarga dicha realización a una Institución de Crédito.
FIDUCIARIO: Es la persona encargada por el fideicomitente de realizar el fin del fideicomiso. El fiduciario se convierte en el titular del patrimonio constituido por los bienes o derechos destinados a la realización de tal finalidad.
Sólo pueden ser fiduciarias las instituciones expresamente autorizadas para ello conforme a la Ley General de Instituciones de Crédito.
FIDEICOMISARIO: Persona física o moral que recibe el beneficio derivado de un fideicomiso.

En pocas palabras es la firma de un contrato ante notario publico, donde las partes, Fideicomitente, Fiduciario y Fideicomisario conforman el fideicomiso. donde se otorga un bien en garantía para la obtención de un beneficio.
El fideicomiso sirve de marco y sustento jurídico para la asignación de beneficios económicos derivados de la propiedad de ciertos bienes, conforme a la voluntad de su dueño y con efectos hacia el futuro. Los bienes quedan amparados por un régimen de administración conforme a su naturaleza y al destino previsto.

Beneficios del fideicomiso:
– El inmueble queda registrado ante el Registro Público de la Propiedad a favor del Fiduciario.
– El patrimonio de un fideicomiso se considera inembargable.
– Celeridad en la recuperación en caso de incumplimiento.
– Protección al acreedor en caso de muerte del acreditado.
– El acreedor puede tener liquidez al ceder sus derechos Fideicomisarios a un tercero

En que puedo ocupar el fideicomiso:
Como crédito revolvente.
Credito mixto para capital de trabajo o factoraje.
Para la construcción de Desarrollos inmobiliarios verticales y horizontales, naves industriales y más.
Para la liquidez de la empresa o negocio.

Fuentes: http://www.fifonafe.gob.mx/acercade/concepto.htm https://www.credix.com.mx/cdx-detalles-servicio.php?credito=7